En busca de la piedra filosofal: ¿existe el estándar ideal para analizar conductas unilaterales exclusorias?

Autores/as

  • Teresa V. Tovar Mena Universidad de Lima

Palabras clave:

Conductas unilaterales, Práctica anticompetitiva, Libre competencia

Resumen

El presente artículo analiza la dificultad que supone no contar con reglas claras que permitan concluir cuándo una conducta unilateral constituye una práctica anticompetitiva que merezca ser sancionada. El desarrollo jurisprudencial de la Corte Suprema de los Estados Unidos, que se toma como referencia en el análisis, si bien ha establecido estándares especiales para algunas conductas unilaterales exclusorias (precios predatorios y licitaciones predatorias), no ha concluido con dicha tarea respecto de las demás conductas. En este artículo, se analizan los posibles estándares que podrían ser aplicados a este tipo de conductas, indicando sus fortalezas y debilidades. A la luz de dicho análisis, nos aproximaremos a la legislación peruana de libre competencia, así como a los criterios jurisprudenciales emitidos por la autoridad peruana de competencia, constatando que, pese a no haber sido recogido expresamente en la legislación, se ha venido aplicando el estándar de la regla de la razón al analizar este tipo de conductas. Ello implicaría que nuestra legislación admite un debate similar al que se ha venido dando desde hace un tiempo en los Estados Unidos, es decir, definir cuál es el estándar más adecuado para analizar las conductas y si debe existir más de uno.

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Publicado

2018-06-14

Número

Sección

Artículos